DESAHUCIAR A LA IGLESIA (Y 5)
- Antonio
- hace 18 horas
- 8 Min. de lectura

Con este artículo finalizo el ciclo dedicado a la iglesia católica como estructura de poder en el Estado español y, con ello, privilegios, negocios, posicionamiento político e ideológico aunque, no obstante, hay mucha materia por tratar aún que nos va a llevar a la iglesia como centro de tomas de decisiones, como puesto de mando sobre todo ideológico aunque, también, económico y político. Materia muy diversa y, por tanto, con distintos ángulos. Ya he tratado antes sobre mitología pagana que se cristianiza, sobre cómo nace una religión en la decadente Roma llamada cristianismo bajo el manto protector del emperador Teodosio convertido, de facto, en jefe de la nueva fe. Por eso no es raro creer que es la diplomacia más antigua del mundo
Privilegios que la Iglesia conserva en el marco del Acuerdo de 1979
Privilegio | Origen legal / institucional | Por qué se considera “excesivo” en el contexto actual |
Deducción fiscal por donativos | Ley 49/2002 del Impuesto sobre la Renta (IRPF) – artículo 23. | La deducción permite que la Iglesia reciba una parte importante de sus ingresos sin que el Estado tenga que destinar fondos directos, lo que le otorga una ventaja fiscal frente a otras ONG que no pueden aplicar la misma deducción en la misma medida. |
Financiación de centros concertados | Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) y su sucesora, la LOMCE. | Gran número de colegios y colegios universitarios gestionados por la Iglesia reciben fondos públicos por alumno, lo que les garantiza recursos estables y les permite mantener una presencia educativa amplia sin depender exclusivamente de cuotas o donaciones. |
Reconocimiento automático del matrimonio católico | Código Civil (artículos 44-46) y el Acuerdo de 1979. | El matrimonio celebrado ante el sacerdote tiene efectos civiles automáticos siempre que se inscriba, lo que simplifica el trámite para los fieles pero crea una vía privilegiada que no existe para otras confesiones religiosas. |
Exención de impuestos sobre bienes inmuebles eclesiásticos | Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria – artículo 68.2. | Los inmuebles de uso exclusivo para la actividad religiosa están exentos del IBI, mientras que propiedades de otras organizaciones sin ánimo de lucro pueden estar sujetas a tributación. |
Derecho a la jurisdicción eclesiástica interna | Concordato de 1953 (derogado) y costumbre canónica reconocida en la práctica. | Los asuntos internos del clero (por ejemplo, procesos de nulidad matrimonial) se resuelven bajo la normativa canónica sin intervención judicial, lo que otorga una esfera de autonomía que no se extiende a otras confesiones. |
Participación en organismos públicos | Consejo de la Cultura y la Memoria Histórica, comisiones de patrimonio, etc. | La Iglesia tiene representación institucional en varios órganos consultivos del Estado, lo que le permite influir en decisiones de política cultural y educativa que no están abiertas a otras confesiones en igualdad de condiciones. |
Por qué se percibe como un desequilibrio
Principio de igualdad: La Constitución de 1978 y el Acuerdo de 1979 buscan garantizar la igualdad de todas las confesiones ante la ley. Cuando una religión recibe beneficios fiscales, financieros o administrativos que no están disponibles para otras, se rompe esa igualdad formal y, por tanto, se contraviene a la propia Constitución junto con el Acuerdo firmado
Cambios sociales: La sociedad española es cada vez más plural y secular; la percepción de privilegios exclusivos para la Iglesia genera críticas y demandas de revisión profunda del marco legal que tienda a la separación plena del Estado con la Iglesia y estructurar aquél como laico
Precedentes internacionales: En varios países con estados aconfesionales se ha eliminado o reducido la deducción fiscal y la exención de impuestos a favor de una neutralidad fiscal completa.
Países aconfesionales o laicos que han adoptado una neutralidad fiscal completa respecto a las confesiones religiosas
País | Año de la reforma fiscal clave | Medida fiscal eliminada o reducida | Comentario relevante |
Francia | 2010 (Ley de Finanzas) | Supresión de la deducción por donaciones a organizaciones religiosas y exención del impuesto sobre la propiedad (taxe foncière) para edificios religiosos (solo se mantiene para inmuebles declarados de patrimonio histórico). | Francia es el modelo clásico de laicismo estricto (laïcité). La reforma buscó que todas las asociaciones, incluidas las religiosas, tributen bajo las mismas normas que cualquier ONG. |
Alemania | 2015 (Reforma del impuesto a la iglesia – Kirchensteuer) | Abolición de la exención del impuesto sobre la renta para donaciones a iglesias y reducción de la exención del impuesto sobre la propiedad para edificios religiosos que no estén declarados patrimonio cultural. | Aunque el Kirchensteuer sigue existiendo, la deducción fiscal por donaciones se equiparó a la de otras organizaciones sin ánimo de lucro. |
Suecia | 2000 (Ley de Impuesto a la Renta) | Eliminación de la deducción fiscal específica para donaciones a congregaciones religiosas; ahora las donaciones se tratan como a cualquier entidad benéfica. | El Estado sueco mantiene la neutralidad religiosa y la financiación de la iglesia se realiza exclusivamente a través de cuotas voluntarias de los miembros. |
Países Bajos | 2012 (Reforma del impuesto sobre la renta) | Fin de la deducción fiscal exclusiva para donaciones a organizaciones religiosas; se aplica la misma deducción del 1,25 % del ingreso bruto a todas las ONG. | La Constitución garantiza la libertad de culto, pero la política fiscal es neutral. |
Dinamarca | 2018 (Reforma del impuesto a la propiedad) | Supresión de la exención del impuesto sobre la propiedad (ejendomsskat) para iglesias; ahora pagan el mismo impuesto que cualquier otro propietario, salvo que el edificio sea declarado patrimonio cultural. | El Estado sigue financiando la Iglesia Nacional Danesa mediante una cuota obligatoria de los miembros, pero sin ventajas fiscales especiales. |
Portugal | 2019 (Ley de Impuesto sobre la Renta) | Eliminación de la deducción fiscal por donaciones a instituciones religiosas; las donaciones se gravan como a cualquier entidad sin ánimo de lucro. | Portugal se define como Estado aconfesional desde la Constitución de 1976 y ha alineado su normativa fiscal con ese principio. |
Australia | 2005 (Ley de Impuesto sobre la Renta) | Fin de la exención del impuesto sobre la renta para ingresos de organizaciones religiosas que no cumplan criterios de “caridad pública”; ahora deben demostrar beneficio público amplio. | La legislación fiscal trata a todas las organizaciones benéficas por igual, independientemente de su afiliación religiosa |
Evolución de la posición política de la Iglesia en España (1979 – 2024)
Periodo de Gobierno | Partido / Coalición | Tendencia de la Iglesia | Motivos y hechos destacados |
1979 1982 | UCD (centro democrático) | Cooperación cautelosa | Primeras negociaciones del Acuerdo de 1979; la Iglesia aceptó la aconfesionalidad a cambio de garantías de libertad religiosa y de la continuidad de los centros concertados. |
1982 1996 | PSOE (socialista) | Relación tensa pero dialogante | El gobierno impulsó la secularización (educación laica, reforma del matrimonio civil). La Iglesia protestó en el Congreso y organizó manifestaciones, pero mantuvo canales de diálogo (convenios culturales y sociales). |
1996 2004 | PP (conservador-ultraconservador) | Alianza estrecha | El PP defendió la enseñanza religiosa opcional y protegió los derechos de los colegios concertados. La Iglesia apoyó públicamente al gobierno en temas de bioética (aborto, eutanasia). |
2004 2011 | PSOE | Renovada confrontación | Aprobación de la Ley de Matrimonio Igualitario (2005) y la Ley de Memoria Histórica (2007). La Conferencia Episcopal emitió documentos críticos y organizó campañas de movilización. |
2011 2018 | PP | Cooperación pragmática | El PP defendió la financiación de los colegios concertados y se opuso a la legalización de la eutanasia (reprobada en 2018). La Iglesia mantuvo una presencia mediática activa, pero sin alianzas institucionales profundas. |
2018 2020 | PSOE | Nueva confrontación | Aprobación de la Ley de Eutanasia (2020). La Iglesia emitió una encíclica nacional y organizó manifestaciones en defensa de la vida. |
2020 2023 | Gobierno de coalición | Alianza ideológica | Vox, partido ultraconservador, adoptó una agenda abiertamente pro Iglesia (defensa de la educación religiosa, oposición al aborto). La Iglesia recibió apoyo verbal y se le consultó en proyectos de legislación familiar. Vuelta a 1936 |
2023-presente | Gobierno de coalición | Posición de vigilancia | El gobierno ha impulsado la legalización de la eutanasia ampliada y la reforma del sistema de financiación de la educación que podría reducir el número de colegios concertados. La Iglesia ha presentado informes al Congreso y ha buscado alianzas con partidos regionales (Ej. Partido Nacionalista Vasco) para defender sus intereses habida cuenta que el PNV se alinea con posiciones Democratacristianas |
A lo largo de cinco artículos he expuesto, desde el análisis con datos, distintos aspectos de lo que yo denomino como Estado paralelo que es la iglesia católica que, además, está en línea con su propia historia desde su estructura como poder o apéndice oficial del imperio romano bajo el mandato de Teodosio I, nudo gordiano de todo este entramado. Sin entender ni leer su historia es difícil comprender el presente que es donde nos hemos situado aunque, eso sí, arrancando en la historia contemporánea en 1923 año del golpe de Estado del Capitán general de Cataluña Miguel Primo de Rivera, bajo un régimen monárquico y apoyado por éste, al que la iglesia se adhiere sin fisuras. Hecho éste que vuelve a repetirse cuando se da nuevamente un golpe -y virulento- contra el orden constitucional legítimo de la II República, siendo en esta ocasión la iglesia mucho más beligerante justo por ese orden al que odiaba porque tocaba sus privilegios. Como hemos podido comprobar la iglesia, como estructura de poder, tiene sus propias reglas y tiene tendencia -la jerarquía- a actuar con impunidad e inmunidad ante las leyes civiles que rigen para toda la ciudadanía como si para la estructura eclesiástica no rigiera el mismo principio. Esa actitud que vemos, de forma reiterada, se viene repitiendo últimamente en discursos de odio de determinados obispos como, por ejemplo, el de Orihuela y antes de Huesca ( José María Munilla) que defiende abiertamente las terapias de conversión para curar la homosexualidad, una postura abiertamente filofascista que propugna Vox y toda la fachosfera patria. Y no se corta un pelo además, insistiendo en ello a pesar de la apertura de investigación por parte de la Fiscalía. Esto seguirá ocurriendo hasta el día que un tipo con alzacuello acabe en la cárcel pidiendo a Dios que no lo sodomicen aunque a mí me da que a mucha de esta gente no le disgustará el sexo gay en libertad. Y esto no se discute, contra lo que se rebela uno es contra la hipocresía y la represión como norma. Solamente hay que ver cuánta pederastia ha tenido la iglesia en su seno, dando igual si era del Opus Dei o de otra secta o congregación. Refleja exactamente que la iglesia no tiene autoridad moral ninguna y mucho menos para dar lecciones el Estado después de los beneficios que recibe. Y es justo aquí donde hay que tocar para eliminarlos definitivamente, se oponga quien se oponga. No sería una tarea fácil pero nada lo es. Es cuestión de voluntad y no maquillar las situaciones equiparando a las demás, por ejemplo, a la hora en horas lectivas de su creencia. No es así el tema. Es sacar cualquier religión de las aulas y de las calles. A los templos y pagando el IBI como cualquier otra entidad sin ánimo de lucro o, más aún, cualquier sociedad porque ya sabemos que sin ánimo de lucro no es sinónimo de iglesia católica. Solo debiéramos analizar las tarifas por boda, bautizo, comuniones o sepelios, catequesis etc., además de los negocios expuestos en los anteriores artículos que no son pocos. Por tanto cuando, desde mis reflexiones, llego a la conclusión que hay que desahuciar a la iglesia de su poder no está carente de lógica ya que no puede ser un contrapoder ideológico y encima que salga a pagar por el Estado, o sea por cada bolsillo de la ciudadanía. No es un capricho personal ni de las organizaciones laicistas, es una necesidad imperiosa de profundizar en la democracia como elemento vertebrador de la sociedad. La gente podrá creer o no, podrá rendir culto o no, podrá o no contribuir al sostenimiento de la iglesia católica o de otros cultos, pero lo que no tiene por qué aguantar es la prepotencia y la arrogancia de ningún culto y aún menos sostenerlo, protegerlo o promocionarlo bajo el mantra de la libertad religiosa que, en realidad, se usa como falacia para tapar sus miserias que no son pocas. Pero tampoco bajo el concepto de tradición porque, desde la perspectiva histórica, fue impuesta a hierro y sangre. Inquisición o adhesión a golpes de Estado más recientes no solo en España (ver Chile o Argentina por ejemplos), a entablar guerras para imponer la fe o preservarla, la colonización genocida con la bendición eclesiástica allá donde la Corona tenía intereses (véase América, África...) no son precisamente situaciones que puedan hablar bien de una religión sea cual sea su nomenclatura. En el nombre de Dios se ha asesinado, perseguido, robado, expoliado, encarcelado, engañado. En el nombre de Dios todo ha valido y hoy hay gentuza que quiere retrotraernos a ese pasado “glorioso”. Solamente tenemos que observar a Fundaciones, Asociaciones religiosas o parareligiosas, a las manifestaciones públicas de dirigentes sobre materia, por ejemplo, de salud reproductiva y sexual, concepción, matrimonio, autodeterminación de género...Y todo, justamente, porque son gente que no tiene ni puñetera idea de quién es Dios.



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