DESAHUCIAR A LA IGLESIA (4)
- Antonio
- hace 2 días
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Continuando con el hilo de los anteriores artículos en esta voy a exponer las posiciones políticas de la iglesia católica, los privilegios de los que disfruta más allá de los económicos, los acuerdos que se firmaron entre el Estado y la Santa Sede en sus distintas etapas de 1926, 1953 y 1979 siendo este último el marco actual y, por tanto, incrustado en toda la maquinaria del régimen del 78. Observaremos en dicho recorrido que la actitud de la iglesia hacia el poder político es de total colaboración si es un régimen dictatorial (con o sin tutela de la monarquía) como lo han sido los de Primo de Rivera entre 1923 y 1930, Franco a partir del golpe en 1936, resistencia total frente a la República por la pérdida de privilegios y de, según la actual Conferencia Episcopal, de distanciamiento crítico aunque, eso sí, dependiendo de si el gobierno ha sido del PP o no ya que con los gobiernos del PP del distanciamiento se pasó al acercamiento de pareja. Quiero darle contexto a la iglesia actual ya que es una pieza más del engranaje del régimen del 78 que, a su vez, nace de la matriz del franquismo. Recordemos que fue Franco quien designa como sucesor suyo a un tal Juan Carlos de Borbón, Príncipe de Asturias que luego pasaría a llamarse Juan Carlos I, y que su hijo es heredero igualmente de aquello porque, a ver si nos enteramos, que la monarquía no es una institución democrática ni trajo la democracia ni la sostuvo cuando el 23 F. La iglesia forma parte del estatus quo y, por tanto, se asimila a la élite social, política, económica de la sociedad española. Solo con que revisemos los datos que he ido exponiendo y lo que resta en este artículo, y ampliando conocimientos por otras fuentes fiables, debiéramos abrir un poco los sentidos y, sobre todo, la conciencia de qué es lo que hemos tenido de aquí para atrás y qué es lo que tenemos como estructura de poder, razón por la que realmente nació y se consolidó a lo largo de los siglos. La historia, por ello, es importante para poner luz a los hechos. Es importante dar contexto para entender de qué forma la iglesia es, asimismo, un operador político de primer nivel sin presentarse a las elecciones al igual que los jueces, oligarcas empresariales, banqueros, dueños o consejeros delegados de medios de comunicación, ya que sin este contexto, sin saber de la historia más reciente de los últimos cien años solo vamos a ver el humo del botafumeiro y oler su incienso. Y quiero dejar claro, antes de proseguir, que he conocido personas honorables en el seno de la iglesia por abajo y, también, por arriba. He conocido a teólogos, frailes, obispos, sacerdotes obreros de base y profesores de Universidad, diáconos, monjas, gente que rehuía de ese pasado progolpista y que hubiese encajado en una República, aunque unos mejor que otros. Gente que ayudaba a gente pero crítica con su propia estructura de poder viviendo, de esta forma, contradicciones importantes entre lo que interpretaban de un mensaje y lo que, en su mayoría, se venía practicando por la oficialidad y gente que militó en la clandestinidad antifranquista. Incluso un obispo -con el que mantuve una larga conversación personal sobre el celibato como imposición- fue discretamente apartado de su diócesis por no entrar en los planes del entonces Papa Juan Pablo II con pasado nazi y promotor de caza de brujas contra la teología de la liberación y protector del poder del Opus Dei. No entraba en los planes por la visión que tenía de servicio a la gente humilde y de renuncia a la pompa y el lujo y me consta. Por tanto, es de justicia reconocer a las personas sus propios méritos o buen hacer aunque vivan sus contradicciones para salvar, de esta forma, cualquier posición sectaria. Yo diría que, incluso, en el contexto que yo las conocí hubieran apostado por vender casi toda la riqueza que posee la iglesia porque entendían que su vocación era la del servicio y no la del lucro o negocio. Así, pues, hecha esta salvedad voy a proceder a lo comentado anteriormente:
Contexto histórico (1923-1931)
1923: Golpe de Estado de Miguel Primo de Rivera, que establece una dictadura militar con apoyo de la monarquía y de sectores conservadores, incluida la Iglesia católica.
1931: Proclamación de la Segunda República, que introduce una agenda laica y anticlerical.
Posición de la Iglesia frente al poder político
Período | Relación con el poder | Principales acciones / políticas |
1923-1930 (Dictadura de Primo de Rivera) | Alianza estrecha con el régimen. La Iglesia ve al dictador como garante del orden y protector de sus intereses. | - Concordato de 1926 que regula la enseñanza religiosa y la propiedad eclesiástica.- Apoyo institucional a la censura de publicaciones anticlericales.- Participación de clérigos en actos oficiales y en la propaganda del régimen. |
1930-1931 (Transición y caída de la monarquía) | Tensión creciente. El debilitamiento del régimen y la creciente presión republicana generan fricción. | - Protestas contra la Ley de Reforma Agraria que afecta a grandes latifundios eclesiásticos.- Intentos de la Iglesia de influir en la política mediante el Partido Nacionalista Español, sin éxito. |
1931 (Inicio de la II República) | Confrontación abierta. La nueva Constitución laica reduce el poder institucional de la Iglesia. | - Supresión de la enseñanza religiosa obligatoria.- Confiscación de bienes eclesiásticos y cierre de órdenes religiosas.- Ley de Congregaciones (1933) que limita la actividad de los religiosos. |
Qué ocurrió con el concordato tras la caída de la dictadura de Primo de Rivera
Evento | Situación del concordato |
1931 – Proclamación de la Segunda República | La nueva Constitución laica anuló gran parte de las disposiciones del concordato. Se suprimió la enseñanza obligatoria de religión y se iniciaron procesos de confiscación de bienes eclesiásticos. |
1933 – Ley de Congregaciones | Refuerzo de la limitación a la actividad religiosa; el concordato quedó efectivamente sin aplicación práctica. |
1936 – Golpe de Estado (Franco) | El régimen franquista no restauró el concordato de 1926 como tal. En su lugar, Franco firmó un nuevo concordato con la Santa Sede en 1953 (Concordato de 1953), que estableció una relación iglesia-Estado distinta y más amplia que la de 1926. |
En resumen, el concordato de 1926 se dejó sin efecto con la República y no se restableció tras el golpe de 1936; la relación entre la Iglesia y el Estado bajo Franco se formalizó mediante un nuevo acuerdo en 1953 aunque, de facto, había un acuerdo con la iglesia española que iba a ayudar a implementar una España nacional-católica
Aspectos clave del Concordato de 1953 (España-Santa Sede)
Área | Disposición principal | Implicación práctica |
Reconocimiento del catolicismo | El catolicismo se declara religión oficial del Estado. Volvemos a los orígenes con Teodosio en el imperio romano | La Iglesia pasa a ser la referencia moral y cultural dominante; se garantiza su presencia en la vida pública. |
Educación religiosa | La enseñanza de la religión católica es obligatoria en todos los niveles escolares y se financia con fondos públicos. | Los colegios y universidades deben incluir asignaturas de doctrina católica; el Estado subvenciona a los colegios religiosos. |
Derechos y privilegios del clero | Se reconoce la inmunidad clerical y la jurisdicción eclesiástica en asuntos internos de la Iglesia. | Los sacerdotes quedan exentos de la jurisdicción civil en cuestiones estrictamente eclesiásticas. |
Propiedad y patrimonio | Se garantiza la protección de los bienes eclesiásticos y se reconoce la titularidad de la Iglesia sobre sus propiedades. | No se permite la expropiación sin compensación; la Iglesia mantiene su red de iglesias, conventos y hospitales. |
Matrimonio | El matrimonio católico sigue siendo válido y reconocido por el Estado; la legislación civil se alinea con la doctrina canónica. | Los matrimonios celebrados en la Iglesia tienen efectos civiles automáticos; se elimina la necesidad de un registro civil separado. |
Participación en la vida pública | Se establece la consultoría del Vaticano al gobierno en materias morales y sociales. | El Estado solicita la opinión del Santo Padre en reformas de legislación que afecten a la moral pública (p. ej., leyes de aborto, educación). |
Financiación | El Estado destina recursos económicos a la Iglesia para el mantenimiento de sus obras de caridad y culturales. | Se crean fondos estatales para hospitales, escuelas y obras sociales gestionadas por la Iglesia. |
Duración y revisión | El concordato tiene carácter permanente, pero ambas partes pueden solicitar su revisión mediante tratados bilaterales. | Aunque se mantuvo vigente durante el franquismo, quedó abierto a renegociaciones posteriores (p. ej., tras la Constitución de 1978). |
El acuerdo actual entre España y la Santa Sede
Después del fin del régimen franquista, el Concordato de 1953 quedó sin vigencia. En su lugar, España y la Santa Sede firmaron un Acuerdo de 1979 (también llamado Acuerdo de Relaciones entre el Estado español y la Santa Sede), que es el marco jurídico vigente.
Principales características del Acuerdo de 1979
Tema | Disposición | Efecto práctico |
Reconocimiento del catolicismo | No se declara religión oficial; el Estado es aconfesional | La Iglesia ya no tiene estatus de religión estatal, pero mantiene libertad de culto. |
Educación religiosa | La enseñanza de la religión católica es opcional y depende de la voluntad de los centros educativos y de los padres, y también de los grupos de presión católicos | Las escuelas pueden ofrecer religión como materia electiva; el Estado financia la materia solo si la comunidad educativa la solicita. |
Matrimonio | El matrimonio celebrado ante el sacerdote tiene reconocimiento civil siempre que se inscriba en el Registro Civil. | No hay obligatoriedad de que el matrimonio católico sea el único válido; coexistencia con el matrimonio civil. |
Patrimonio eclesiástico | Se reconoce la propiedad de los bienes eclesiásticos, pero el Estado puede regular su uso mediante la legislación ordinaria. | La Iglesia conserva sus iglesias, conventos y hospitales, aunque está sujeta a la normativa urbanística y fiscal general. |
Financiación | De forma directa a través de la asignación tributaria del 0,7% que la persona contribuyente de forma voluntaria marca con una X en la casilla de la declaración anual de la Renta | Una información más completa puedes encontrarla en el artículo Desahuciar a la Iglesia (3) que es donde trato de forma expresa la cuestión económica continuando con lo expuesto en el artículo anterior al mismo |
Libertad de culto | Se garantiza la libertad de culto y la igualdad de todas las confesiones ante la ley. | Todas las religiones pueden ejercer sus actos públicos sin discriminación. |
Consultas y cooperación | Se mantiene un canal de diálogo entre el gobierno y la Santa Sede para cuestiones de interés mutuo (cultura, patrimonio, asistencia social). | Se pueden firmar convenios sectoriales (p. ej., gestión de hospitales o patrimonios históricos). |
Estado actual
Vigente: El Acuerdo de 1979 sigue siendo la base de las relaciones entre España y la Santa Sede.
Modificaciones: Ha sido complementado por convenios sectoriales (educación, patrimonio, asistencia social) y por la Constitución española de 1978, que establece el principio de aconfesionalidad del Estado.
No hay nuevo concordato: Desde 1979 no se ha firmado otro concordato; cualquier cambio importante requeriría un nuevo tratado bilateral.
Lo expuesto en este artículo son, fundamentalmente, datos para dar contexto dejando para el próximo artículo el análisis de los privilegios que mantiene la iglesia católica, más allá de lo expuesto hasta ahora, la posición política hacia los gobiernos habidos desde el acuerdo de 1979 o algunos ejemplos de neutralidad fiscal en otros países aconfesionales o laicos, entre otras cuestiones interesantes que nos ayudan a entender muchas cuestiones que rodean a la Iglesia católica. Una última cuestión adicional, y es que habrás observado que no hago apología del ateísmo sino del laicismo como compromiso por la igualdad y, sobre todo, para el desarrollo de la autonomía de las personas con respecto a cualquier tipo de credo o confesión.



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